11 agosto 2014

LA VÍA PENAL NO ES EL CAMINO PARA SOLUCIONAR LOS PROBLEMAS DE ACCESO EN LOS ARCHIVOS

Junta Directiva
El pasado 6 de junio se publicaba en la prensa local salmantina, y en algún otro medio de alcance regional, la noticia de la imputación del Director del Centro Documental de la Memoria Histórica, Manuel Melgar Camarzana, por el titular del Juzgado de Primera Instancia  nº 3 de la ciudad del Tormes. La imputación era consecuencia de la querella interpuesta contra Manuel por un investigador habitual del mencionado centro, conocido por sus reiteradas intervenciones denunciando las actuaciones llevadas a cabo por el  Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el proceso de restitución de los documentos incautados en Cataluña durante y tras la Guerra Civil Española, al entender que con ellas se estaba vulnerando la propia ley de restitución. El delito denunciado es el de obstrucción en el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes (art. 542 del Código Penal), al no permitírsele al denunciante la consulta, en formato original, de cierto número de cajas afectadas por el proceso citado de restitución, al contener documentos cuyo traslado a Barcelona se realizaría próximamente.

Independientemente del juicio que nos merezca el asunto de los documentos incautados en la Guerra Civil y en concreto la regulación de la restitución de los incautados en Cataluña, hay algo que nos gustaría señalar como novedad muy a tener en cuenta en este caso: por primera vez, al menos que le conste a Archiveros Españoles en la Función Pública, una denegación de acceso a los documentos originales (se ofrecía la consulta en formato de copia digital, previa identificación de los documentos que se deseaban ver) se afronta por la vía penal, lo que supone un preocupante precedente para los profesionales que debemos atender las peticiones de acceso en primera línea.

Se dice que la imputación en una querella no es más que la vía para que el denunciado se pueda defender con todas las garantías. Pero, en este caso, dada la enorme carga política del tema de la restitución de documentos del archivo salmantino, el archivero, al ser el eslabón más débil del Ministerio en la ejecución de la política archivística del Gobierno, se convierte en el objetivo sobre el que centrar los ataques a esa política.  A este respecto, hemos de enfatizar que, con frecuencia, los archiveros nos sentimos como emparedados entre la presión política de las autoridades de las que dependemos y la presión de los usuarios y los medios de comunicación a quienes servimos y, en ese contexto, aunque tratamos siempre de mantener una posición profesional independiente, dependemos de superiores jerárquicos que también interpretan la legislación e imponen sus criterios en caso de discrepancia.

Por otra parte, en esta querella podría verse una especie de aviso para navegantes: ¡ojo, archiveros!, que si no me dejáis ver lo que yo quiero, se pueda o no legalmente, os denuncio por prevaricación y obstrucción. Y vista la facilidad con que se acepta la querella y se imputa al archivero, y sabiendo que en este momento, en España, imputado significa en el ámbito popular “corrupto”, a ninguno de nosotros nos gustaría aparecer en las páginas de un periódico como funcionario imputado por impedir el ejercicio de los derechos constitucionales.

La inexistencia de una vía ágil y rápida para reclamar ante denegaciones injustificadas de acceso a la información, ha sido una de las lagunas históricas en la regulación del derecho de acceso a la información y los documentos en España desde que se plasmara en la Constitución de 1978 el derecho de acceso a los archivos y registros administrativos. Parece que, por fin, la Ley de Transparencia aprobada a finales del año 2013, cuyo título primero entrará en vigor en el ámbito de la Administración General del Estado a finales de 2014, así como las leyes autonómicas que van siguiéndola, ofrecen esa vía de reclamación ante un organismo específicamente creado para ese fin y que, en el caso del Estado, es el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Esta vía de reclamación administrativa especial evitará que las denegaciones de acceso, comunicadas formalmente o presuntas, por silencio administrativo, tengan que llevarse a un contencioso - administrativo, que puede demorarse varios años y éste es, sin duda, uno de los principales avances que ofrece la ley en cuestión.

Sin esperar esos meses que faltan para la entrada en vigor del título de la ley en el que se incluye la regulación del acceso a la información pública, el demandante en esta querella que comentamos bien podía haber presentado recurso de alzada ante la autoridad ministerial de la que depende el Centro Documental de la Memoria Histórica, pero ha preferido la vía penal, quizá por su rapidez, aun sabiendo que en ella el juez no se va a pronunciar sobre el fondo del asunto, sobre la accesibilidad a los documentos denegados, que sólo se puede sustanciar en el marco del derecho administrativo.

El tema de los documentos de la Generalitat de Cataluña incautados durante la Guerra Civil por el ejército de Franco parece no tener fin. La sentencia del Tribunal Constitucional no ha hecho sino complicar las cosas aún más: el alto Tribunal dice que los documentos no reclamados o no devueltos a los particulares a quienes fueron incautados no dejan de pertenecer al Estado, pero no dice “y, por tanto, devuélvanse al Archivo General de la Guerra Civil”, como parecería lo apropiado en una sentencia que, como su nombre indica, zanja un pleito con una decisión. No, aquí una vez más, nos vemos obligados a interpretar, si bien se podría concluir que será la Administración General del Estado, si quiere recuperar esos documentos, quien deberá iniciar acciones legales con ese fin; a ver quién se atreve, en la coyuntura política actual, a plantear siquiera la posibilidad de tal demanda.

Esta inseguridad para un archivo, institución en la que la estabilidad y la vocación de perdurabilidad son características esenciales para fortalecer su papel, mina la credibilidad y el prestigio del centro y socava la confianza en él. En todo el embrollo suscitado con los mal llamados “papeles de Salamanca”, los únicos que han recibido los golpes de ambos lados han sido los archiveros.

Sabiendo pues que el contencioso de los documentos incautados en la Guerra Civil va para largo, nos queda al menos confiar en que la querella no prospere y que los contenciosos sobre accesibilidad se canalicen, ahora mejor con las leyes de transparencia, por la vía administrativa y, en su caso, en las salas de lo contencioso - administrativo.

2 comentarios:

Canichu, el espía del bar dijo...

Y como decían en un foro social de archiveros enlazando esta entrada: de paso, para solucionar parte de estos problemas similares en otros archivos, ¿no sería parte de la solución ir contratando a los archiveros que estamos en paro?

Anónimo dijo...

Suena a discurso de casta, de casta funcionarial en este caso.