14 enero 2008

INVITACIÓN AL FORO "EL DERECHO A SABER. POR UNA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN ESPAÑA"

En algunos países de nuestro entorno no sólo los periodistas sino cualquier ciudadano puede solicitar con una simple llamada de teléfono que se le remita listado de todos los contratos realizados por un organismo público durante un período de tiempo y la Administración tiene la obligación de contestar de forma inmediata o en un plazo no superior a 14 días de media.

¿Qué es lo que ocurre en España para que esta situación nos suene a utópica o ciencia ficción? ¿Por qué España es uno de los pocos países de la Unión Europea que no tiene una ley específica de acceso a la información pública que regule este derecho en toda su extensión?

En este foro tendremos la oportunidad de conocer cómo se concibe en otros países de nuestro entorno el acceso a la información pública así como los modos en que los periodistas de otros países europeos están utilizando la legislación de acceso en su trabajo diario y la revolución periodística que ha supuesto la introducción de estas normativas en esos países.

Ponentes:

· Brigitte Alfter. Periodista - Wobbing Europe
· Helen Darbishire. Directora de Access Info Europe
· Soledad Gallego. Periodista – El País
· Manuel Sánchez de Diego. Profesor de Derecho Constitucional. Facultad de Ciencias de la Información. Universidad Complutense de Madrid.

Moderadora:

· Eva Moraga. Abogada. Access Info Europe

La Coalición Pro Acceso (http://www.proacceso.org) es una plataforma formada por un grupo de 18 organizaciones de la sociedad civil (entre las cuales se encuentra la Asociación de Prensa de Madrid, Intermón Oxfam, Amnistía Internacional, CECU, Greenpeace, Transparencia Internacional, Archiveros Españoles de la Función Pública, entre otras) y expertos e individuos interesados en derechos humanos que defienden la necesidad de articular una vía legal que facilite el pleno reconocimiento del derecho de acceso a la información en España.

Para más información contactar con:

Eva Moraga –
eva@access-info.org – 00 34 91 743 14 73
Aunque no es imprescindible, se ruega confirmar asistencia.
Podéis consultar la hoja informativa del acto en la página principal del sitio web de Archiveros Españoles en la Función Pública (AEFP): http://www.aefp.org.es.

Fuente: Coalición Pro-Acceso y Archiveros Españoles en la Función Pública (AEFP)

05 diciembre 2007

PREMIO EN EL FESTIVAL ICARO 2007 DEL DOCUMENTAL "EL ARCHIVO"

El premio al Mejor Documental Institucional en el X Festival de Cine y Televisión Centroamericano ICARO 2007 fue otorgado a la Procuraduría de los Derechos Humanos, por el trabajo “El Archivo” producido por la Unidad de Radio y Televisión de la Institución, bajo la dirección de Mynor Ixcot.
La premiación se realizó la noche del jueves 29 de noviembre en un acto celebrado en el Centro Cultural Miguel Angel Asturias. El documental, que tiene una duración de 43 minutos, narra las condiciones en las cuales fueron descubiertos millones de documentos de la desaparecida Policia Nacional, así como las acciones emprendidas para su recuperación. La Procuraduría de los Derechos Humanos está empeñada en los esfuerzos para presentar en los próximos meses el primer informe público sobre los avances en la investigación cuantitativa y cualitativa sobre violaciones a los derechos humanos cometidos entre 1975 y 1985 por ese organismo de seguridad del Estado.
Fuente: Proyecto de Recuperación del Archivo Histórico de la Policía Nacional - Guatemala (PROCURADURÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE GUATEMALA)

27 septiembre 2007

ESPAÑA SIGUE SIN TENER UNA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Nota de prensa de la Coalición Pro-Acceso (24/09/2007)


Con ocasión del Día Internacional del derecho a Saber, que se celebrará el próximo día 28 de septiembre, quince ONG españolas denunciarán que el gobierno no ha cumplido su promesa electoral de adoptar una ley de acceso a la información pública que garantice la transparencia del gobierno y de todas las administraciones públicas y que se encuentre al nivel de las que ya existen en la mayoría de los países de la Unión Europea.

Las ONG que forman la Coalición Pro Acceso exigen al Gobierno y a todos los partidos políticos que adopten una ley de acceso a la información pública que cumpla con los estándares europeos e internacionales.

Nos encontramos cerca del fin de la Legislatura, y el gobierno todavía no ha cumplido con el compromiso recogido en su programa electoral de elaborar una ley de acceso a la información. La Coalición Pro Acceso se ha dirigido al Gobierno en varias ocasiones por este motivo y sin embargo, todavía no ha recibido una respuesta al respecto.

“Todos los ciudadanos tienen el derecho a saber cómo se toman las decisiones dentro de cualquier administración pública y a conocer cómo se gasta el dinero de los contribuyentes. La mejor herramienta para garantizar el pleno reconocimiento y ejercicio de este derecho es la existencia de una ley específica de acceso a la información.” comenta Eva Moraga, abogada de Access Info Europe, ONG miembro de la Coalición.

Asimismo añade que “una ley de este tipo debe ser prioritaria para todo partido político y todo Gobierno que esté verdaderamente comprometido en la lucha contra la corrupción”.

El derecho de acceso supone que cualquier persona puede solicitar información a cualquier organismo o entidad públicos o a cualquier entidad privada que realice funciones públicas, sin tener que justificar los motivos por los que se solicita la información o el uso que se le va a dar a la misma. El derecho de acceso a la información es un derecho humano reconocido por el derecho internacional y por numerosas constituciones y leyes nacionales en todo el mundo. En ese contexto, es inaceptable que España sea, junto con Grecia, uno de los dos únicos países de la Unión Europea con más de un millón de habitantes que no tienen una ley específica reguladora del derecho de acceso a la información.

En este sentido, Marta Arias, Directora de Campañas y Estudios de Intermón Oxfam, manifiesta que el acceso a la información pública es “imprescindible para que las organizaciones sociales puedan ejercer su labor, desde realizar el seguimiento de los compromisos del gobierno sobre ayuda al desarrollo hasta controlar qué exportaciones de armas autoriza España”.

Igualmente Miguel Angel Calderón, responsable de Comunicación de Amnistía Internacional considera que una ley de acceso a la información pública es básica para la defensa de los derechos humanos: “cuando investigamos sobre posibles violaciones y abusos contra los derechos de las personas o sobre las medidas que toma el Gobierno para garantizarlos, la información es vital".

En una línea similar Ana Etchenique, Directora de Relaciones Institucionales de CECU, considera que para que un ciudadano “actúe de forma responsable y sostenible como consumidor es indispensable que pueda acceder fácilmente a la información necesaria”.

La Coalición Pro Acceso ha definido los nueve principios esenciales que deberían recogerse en una futura ley española de acceso a la información, basándose en la legislación y la práctica en más de 70 países del mundo que tienen leyes de acceso a la información así como en la Recomendación 2000 del Consejo de Europa sobre el acceso a documentos oficiales:

1. El derecho a la información es un derecho de todos.
2. El derecho se aplica a todas las entidades públicas, a todos los poderes del Estado y a todas aquellas entidades privadas que realicen funciones públicas.
3. Realizar solicitudes debe ser sencillo, rápido y gratuito.
4. Los funcionarios tienen la obligación de ayudar a los solicitantes.
5. Principio de publicidad de la información: el secreto y la denegación de acceso deben ser la excepción.
6. Las denegaciones de acceso deben limitarse y estar debidamente motivadas.
7. Toda persona tiene derecho a recurrir las denegaciones de acceso o la no contestación a las solicitudes realizadas.
8. Las entidades públicas, a iniciativa propia, deben poner a disposición del público información básica y esencial sin que sea necesario realizar una solicitud.
9. El derecho de acceso a la información debe ser garantizado por un órgano independiente.

*Para más información, acude a la página web: http://www.proacceso.org

*Contacto:
- Eva Moraga
eva@access-info.org
- Helen Darbishire: helen@access-info.org
- Carlos Cordero: carlos.cordero@sustentia.com


Es una plataforma formada por un grupo de organizaciones de la sociedad civil e individuos interesados en derechos humanos que se constituyó en Octubre de 2006 que promueve la elaboración de una Ley de Acceso a la Información en España que facilite el pleno reconocimiento y ejercicio de este derecho en España.

Sus miembros en la actualidad son las siguientes asociaciones y ONGs: Transparencia Internacional (España), Amnistía Internacional, Intermón Oxfam, Access Info Europe, Greenpeace España, Observatorio de la RSC, Ecologistas en Acción, SEO – Birdlife, Economistas sin Fronteras, Fundación IPADE, Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU), Asociación Pro Derechos Humanos de España (APDHE), Statewatch, Asociación de Archiveros Españoles en la Función Pública y Comité de Libertades Informáticas, así como las siguientes personalidades y expertos que apoyan y suscriben estos principios: Pilar Cusido (Departamento de Derecho Constitucional- Universidad Complutense de Madrid), Manuel Sánchez de Diego (Departamento de Derecho Constitucional- Universidad Complutense de Madrid), Estrella Gutiérrez (Departamento de Derecho Constitucional- Universidad Complutense de Madrid UCM), Miguel A. Gallardo (CITA), Daniel Wagman (GEA21), Severiano Fernández Ramos (Profesor Derecho Administrativo – Universidad de Cádiz).

12 julio 2007

Comentarios a la Ley de Acceso Electrónica de los Ciudadanos a las Administraciones Públicas (LAECAP)

Junta Directiva

Por su especial interés, reproducimos un pequeño comentario recogido por el portal HISPALINUX (http://www.hispalinux.es) en su página web con respecto a ciertos aspectos de la Ley de Acceso Electrónica de los Ciudadanos a las Administraciones Públicas (LAECAP) recientemente aprobada que no fueron recogidos en el trámite de la aprobación de enmiendas por el Senado:

La Ley de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos..... y los derechos de los ciudadanos.

El pasado día 31 de mayo la Comisión de Administración pública del Senado votó las enmiendas propuestas por los grupos a la Ley de Acceso Electrónica de los Ciudadanos a las Administraciones Públicas (LAECAP). Posteriormente, el dia 6 de junio el Pleno del Senado ratificó estas decisiones. El próximo 14 de junio el Congreso no tendrá muchas oportunidades de arreglarlo.
Entre las enmiendas propuestas se encontraban varias destinadas a garantizar derechos básicos de los ciudadanos propuestas por algunos grupos (GPMX y Entesa) y que eran respaldadas por las principales asociaciones profesionales informáticas españolas: Hispalinux, Asociación Internautas, Asociación de Técnicos de Informática, FFII, RITSI, Comfia-CCOO, entre otras muchs hasta completar una representación de 350.000 profesionales de las TIC en total.
Estas propuestas, correspondían al primer paquete comprendido entre la primera y la nº 13, que se repetían en otras dado que, como se ha dicho ya, varios grupos las trasladaron y aseguraban tres derechos básicos de los ciudadanos:
El primero, amparándose en el artículo 14 de la Constitución, es el de que ningún ciudadano pueda ser discriminado debido a su preferencia tecnológica, esto es, por razón del tipo de ordenador o software que decida usar para comunicarse con las administraciones públicas. Para ello establece que las administraciones públicas deben tener que usar siempre estándares abiertos para comunicarse con la ciudadanía y viceversa, o sea, estándares que estén libres de cualquier restricción legal o atadura tecnológica para que cualquier empresa o ciudadano pueda usarla o implementarla.
Un estándar abierto, lejos de ser un concepto técnico, es una definición jurídica/legal de las restricciones de propiedad intelectual que no puede tener una especificación técnica para ser aceptable en el ámbito de la relación entre entidades públicas y de estas con los ciudadanos .
Esto es algo tan básico como el hecho de que para llamar por teléfono a un servicio de emergencias o a una entidad pública no sea imprescindible ser cliente de una determinada empresa de telefonía o tener una marca de teléfono concreto. Por muy extendida que esté esa empresa o muy barata que sea no es aceptable que para que los ciudadanos ejerzan sus derechos deban ser cliente de nadie en concreto. También sería inconcebible que las administraciones públicasestuvieran obligadas a tener contratos con todas las operadoras imaginables para poder atender las llamadas de los ciudadanos.
Esta situación ya fue resuelta por la Ley General de Telecomunicaciones a través del concepto de neutralidad tecnológica "que obliga a las operadoras a usar estándares abiertos en la interconexión para no mantener cautivos a sus clientes. Este caso es idéntico al del intercambio de archivos y la prestación de servicios en Informática a través de formatos, protocolos e interfaces sin embargo desde el MAP se ha venido usando una lenguaje ambiguo para este asunto desde el primer borrador de la ley y se ha consolidado a lo largo de su tramitación la formula “usará estándares abiertos o, es su caso y de forma complementaría, aquellos que sean de uso generalizado por parte de los ciudadanos” aún a sabiendas de que la empresa dominante tendría asegurado no tener que hacer públicos sus formatos o usar estándares abiertos ya que ese “en su caso” podría ampararla si posteriormente las AAPP hacen una interpretación laxa del término.La propuesta de los grupos sociales trataba de clarificar ese “en su caso” y solicitaba que se precisara “en caso de no existir o de forma complementaria, aquellos reconocidos internacionalmente” y que las Administraciones públicas solo admitieran de los ciudadanos “estándares abiertos” para evitar que tengan que ser clientes a la fuerza de esas empresas concretas.
Existen gran cantidad de artículos de la Ley que incluyen esta formula en lo que se refiere al hecho de la comunicación entre administraciones públicas y ciudadanía. tanto en una como en otra dirección.
Al no haberse aprobado la enmienda nº 6 , que eliminaba la posibilidad de que el ciudadano se dirija a las AAPP en otra cosa que no sea un estándar abierto, el Estado (todas las administraciones públicas) va a ser cliente cautivo de una multinacional para que los ciudadanos puedan ejercer sus legítimos derechos. Lo que incrementará notablemente el gasto público en TIC .
También es sumamente preocupante la enmienda 21 aprobada por la Comisión del Senado dado que elimina la definición de Estándar Abierto incluida en la ley dejando este concepto sujeto a interpretaciones.La definición era Estándar abierto: aquel que reuna las siguientes condiciones:— Sea público y su utilización sea disponible de manera gratuita o a un coste que no suponga una dificultad de acceso.— Su uso y aplicación no esté condicionado al pago de un derecho de propiedad intelectual o industrial.
Hispalinux propuso una definición mucho más precisa y aceptada internacionalmente pero no se aceptó la enmienda (13).
k) Estándar Abierto: Aquel que cumple las siguientes condiciones:
1.Su especificación sea pública en su uso, creación y mantenimiento y su utilización sea disponible de manera gratuita o a un coste que no suponga una dificultad de acceso.
2. El uso, aplicación, implementación, reutilización y comercialización del estándar no esté condicionado a pago o condición alguna de derecho de propiedad intelectual o industrial.
3.Existe al menos una implementación de referencia que desarrolla todas las funcionalidades de la especificación, que está disponible bajo una licencia que permite que sea usada para cualquier propósito, y que puede ser copiada, estudiada, mejorada y distribuida libremente, con o sin cambios.
Constitución española
Estos hechos contravienen, además del 14, ya citado, el artículo 9.2. "Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social". También contradice el 31 de la Constitución, que establece que el gasto público responderá a los criterios de eficiencia y economía, y el 103, que vuelve a hacer referencia al principio de eficacia y a los intereses generales en las actuaciones de la Administración.
Legislación vigente
La Ley 30/1992 del Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en su artículo 3, "Principios Generales", se establecen los principios de eficacia, coordinación y transparencia. También habla de garantizar la calidad de actuación administrativa y sobre la necesidad de tecnificación, modernización y de adaptación a las innovaciones tecnológicas.

La segunda gran demanda de las organizaciones sociales tiene que ver con el Software, y en general el conocimiento, que se produce para satisfacer las necesidades de nuestras entidades públicas y que es pagado con el erario público esté a plena disposición de todos.
La propuesta de enmienda que se ofrecía a ser aprobada establecía que todas las Administraciones Públicas compartieran ese software con una licencia que permitiese a cualquier ciudadano o empresa su uso para cualquier propósito, su copia, modificación y redistribución con o sin cambios. Siempre que las obras derivadas mantuviesen esa misma licencia.
Hacer esto supondría que aumentaría enormemente la base tecnológica con la que nuestras PYMES podrían ofrecer servicios a sus clientes, entre los que están otras empresas pero también las AAPP. Mejoraría drásticamente nuestra competitividad y sobre todo bajarían los costes de implantación de la e-administración -que todos pagamos- dado que el Estado dejaría de ser un cliente cautivo de unas pocas multinacionales. También sería una forma perfecta de que las CCAA recibieran transferencia tecnológica (y económica, en forma de código fuente) de otras CCAA sin tener que pasar por la Administración General del Estado.
Pero la razón fundamental para hacer algo así es que ha sido pagado por todos y por tanto a todos pertenece. Nadie entendería que depues de pagar con los impuestos la creación de una autovía se le permitiera a la empresa constructora cobrar por su utilización como si fuera una autopista sin embargo parece que muchos responsables políticos aún no se han dado cuenta de que el Software es la infraestructura que más impacto tiene hoy día en la economía y no están haciendo nada para poner a disposición de todos aquella que es generada por las instituciones públicas.
Constitución española
Articulo 44.2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general".
Artículo 128
1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
Artículo 132
1. La ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y de los comunales, inspirándose en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como su desafectación.
La enmienda 11, inspirándose en estos preceptos así lo establecía sin embargo no ha sido aprobada.
Artículo 45. Reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la administración
1. Las administraciones titulares de los derechos de propiedad intelectual de aplicaciones, desarrolladas por sus servicios o cuyo desarrollo haya sido objeto de contratación, las pondrán a disposición de cualquier administración sin contraprestación y sin necesidad de convenio.
2. Las aplicaciones a las que se refiere el apartado anterior serán publicadas como de fuentes abiertas mediante una licencia que asegure que las obras derivadas se distribuyan en los mismos términos.
3. Aquellas aplicaciones que puedan afectar a la seguridad nacional se publicaran plenamente funcionales pero modificadas de tal forma que no supongan riesgos para la misma.
El tercer derecho que se reclama es que cualquier ciudadano debe poder auditar el código fuente de los programas que ejecutan sus trámites administrativos a través de la enmienda nº2 al articulo 37.
"Todo el código fuente del software interviniente en la tramitación de procedimientos podrá ser auditado e inspeccionado por cualquier ciudadano o ciudadana que lo solicite, previa identificación"
Los ciudadanos quieren poder saber que se hace exactamente con sus datos, cual es el procedimiento que se sigue, a donde van, de donde vienen, quien los ve, para que los usa...etc. Quieren estar seguros de que no se hace nada que no esté previsto en las leyes, que no se manipulan inadecuadamente, aunque sea de forma inadvertida. Quieren esa garantía, no solo esa promesa. Sin embargo El GPSocialista ha transaccionado una enmienda que elimina esa garantía y deja en manos de "un organismo" la responsabilidad de hacerlo pero esto quizá sea suficiente a nivel de efectividad pero claramente no lo es a nivel de transparencia.
Mientras los procedimientos administrativos no sean transparentes y puedan auditarse por parte de los ciudadanos no habrá confianza en nuestros organismos públicos porque además del factor humano ahora se añade el del software y ese software que maneja los derechos de los ciudadanos no puede ser cerrado, oculto y secreto.
Constitución española
Artículo 105
b) El acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas.
c) El procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, cuando proceda, la audiencia del interesado.
El artículo 18 de la constitución establece el secreto de las comunicaciones y la limitación del uso la informática para garantizar la intimidad de los ciudadanos.
Legislación vigente
La Ley 30/1992 del Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en su artículo 3, "Principios Generales", se establecen los principios de eficacia, coordinación y transparencia. También habla de garantizar la calidad de actuación administrativa y sobre la necesidad de tecnificación, modernización y de adaptación a las innovaciones tecnológicas.

21 junio 2007

NUESTRAS PROPUESTAS ENTRAN EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

El grupo parlamentario de IU-ICV, haciéndose eco de nuestro Manifiesto en Defensa de los Archivos Públicos, ha presentado en el Congreso de los diputados una Proposición no de Ley que recoge, de forma íntegra, tanto el análisis como las propuestas que hemos definido en el Manifiesto en Defensa de los Archivos Públicos.

Junta Directiva
El texto de la Proposición no de Ley (162/000587) sobre la conservación y defensa de los archivos públicos os lo podéis descargar en el siguiente enlace: http://www.congreso.es/public_oficiales/L8/CONG/BOCG/D/D_550.PDF

13 junio 2007

RESUMEN DEL ACTO DE PRESENTACIÓN DE LA PLATAFORMA

RESUMEN DEL ACTO DE PRESENTACIÓN DE LA PLATAFORMA EN DEFENSA DE LOS ARCHIVOS PÚBLICOS

Plataforma en Defensa de los Archivos Públicos

Aunque con un poco de retraso, ya está a vuestra disposición el resumen del acto de presentación de la Plataforma en Defensa de los Archivos Públicos que tuvo lugar el pasado 20 de abril de 2007 en el Salón de Actos del Archivo Regional de la Comunidad de Madrid.

Podéis descargaros el resumen en la siguiente dirección web: http://plataforma.aefp.org.es/Documentos/Acto_Pres_Plataf.pdf

PLATAFORMA EN DEFENSA DE LOS ARCHIVOS PÚBLICOS
Visítanos en: http://plataforma.aefp.org.es
Correo-e: plataforma@plataforma.aefp.org.es

15 mayo 2007

LOS NUEVOS EDIFICIOS DEL ACUARTELAMIENTO "INFANTE DON JUAN" DEBEN MANTENER SU DESTINO PREVISTO

EL ARCHIVO GENERAL MILITAR DE MADRID Y EL NUEVO ARCHIVO GENERAL E HISTÓRICO DE LA DEFENSA SERIAMENTE AMENAZADOS
Primera toma de postura de la Plataforma en Defensa de los Archivos Públicos

Plataforma en Defensa de los Archivos Públicos

Manifiesto en defensa del proyecto de infraestructuras archivísticas del Ministerio de Defensa en el Acuartelamiento Infante don Juan (Paseo de Moret – Madrid)

Madrid, 20 de abril de 2007

Los participantes en el acto de constitución de la Plataforma en Defensa de los Archivos Públicos, desarrollado en Madrid, el día 20 de abril de 2007,

MANIFESTAMOS:

Nuestra profunda preocupación por la situación del proyecto de infraestructuras archivísticas que el Ministerio de Defensa viene desarrollando desde el año 1997 en el Acuartelamiento Infante don Juan en el Paseo de Moret de Madrid.

Las citadas infraestructuras fueron concebidas para albergar los Archivos General Militar de Madrid y General e Histórico de la Defensa en unas sedes debidamente acondicionadas y homologables con los parámetros exigibles para un correcto tratamiento de los documentos.

Por fin, después de enormes esfuerzos de archiveros, ingenieros, arquitectos y todo un amplio conjunto de funcionarios civiles y militares, esos edificios están terminados y dotados del material necesario para jugar su papel como archivos nacionales. Así, junto con el Archivo Intermedio del Cuartel General del Ejército y con el Archivo Eclesiástico del Ejército, ya instalados en ese Acuartelamiento, tras rehabilitación y acondicionamiento de los edificios necesarios, estas nuevas instalaciones estaban llamadas a convertir el actual Acuartelamiento Infante don Juan en la primera infraestructura archivística de la ciudad de Madrid.

El anuncio hecho en determinados ámbitos de una posible ubicación en este espacio de la nueva sede del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, y la aparente parálisis en el traslado de los centros citados, que debía haber tenido lugar hace meses, nos lleva a pedir al Ministerio de Defensa que haga público con urgencia un informe sobre el estado de este proyecto. En ningún caso podríamos entender que las necesidades de edificios del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación pudieran atenderse a expensas de dañar unas instalaciones largamente demandadas y absolutamente esenciales si se quiere realmente dar una solución a los graves problemas que aquejan a gran parte del patrimonio documental militar.

Podéis descargaros el manifiesto en la siguiente dirección web: http://plataforma.aefp.org.es/Documentos/Man_Edif_Militares

PLATAFORMA EN DEFENSA DE LOS ARCHIVOS PÚBLICOS
Visítanos en: http://plataforma.aefp.org.es
Correo-e: plataforma@plataforma.aefp.org.es