13 abril 2007

La Dirección General de Registros avala la libre consulta de los libros de defunciones de más de cincuenta años

Un importante avance hacia el libre acceso a los archivos y registros

Los amigos de Todos (...) Los Nombres nos hacen llegar esta importante noticia: Una resolución de la Dirección General de Registros, de 26/03/2007 (9ª) (nº ref.6.2.2.1,- 1352/2006) deja sin efecto el acuerdo de la Juez encargada del RegistroCivil de Posadas en el que se denegaba "la consulta de los Libros de Defunciones y expedientes judiciales correspondientes al periodo de 1930 a 1955" realizada por el "Foro ciudadano para la Recuperación de la Memoria Histórica de Andalucía" de dicho pueblo cordobés, acuerdo tomado citando como precedente una Resolución de la Dirección General de 2 de Abril de 2004. En los Fundamentos de Derecho de la Resolución, que cuenta con cinco apartados, se lee que ahora, en el caso planteado, predomina la regla general de publicidad de los datos registrales (Arts, 6 L.R.C. y 17 R.R.C.) porque "han transcurrido mas de cincuenta años desde la fecha de la muerte y hoy en día no se considera deshonroso que ésta se haya producido, por motivos políticos, como consecuencia de la represión de la guerra civil" . Además de que la consulta "obedece a una investigación y estudio de los hechos acaecidos en la guerra civil y posguerra" , considerando ese interés "perfectamente congruente con los fines de la institución registral". En consecuencia se estima el recurso, se revoca el Auto apelado y se autoriza a aquella entidad "para que pueda examinar los libros de defunciones relativos a los años solicitados en los términos que determina el Art. 18 del R.R.C." .

Fuente: TLN (Colaboradores)

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Magnífica noticia. Como esa Dirección General, además de ocuparse de los Registros, lo hace también del Notariado, podrían complementar la medida abriendo también los protocolos con más de 50 años a la investigación, o regular la transferencia de los fondos registrales a los archivos.

Por pedir, que no quede :-)

Anónimo dijo...

Y que pasa con los libros de enterramientos de los ayuntamientos, se pueden consultar?